¡REELECCIÓN CAMUFLADA EN CARHUAZ! CARLOS CÁNTARO PODRÍA VOLVER A SER ALCALDE POR ALIANZA PARA EL PROGRESO

La situación electoral del alcalde provincial de Carhuaz, Carlos Eugenio Cántaro García, ha generado cuestionamientos luego de que evidencias difundidas en redes sociales y material de campaña lo presenten como candidato a la alcaldía para el periodo 2027-2030, pese a que su inscripción electoral habría sido realizada inicialmente como primer regidor provincial.

Según la información consignada en el expediente, Cántaro habría sido ubicado en el segundo lugar de la lista de Alianza para el Progreso, mientras que Hosmer Leoncio Correa Cuzco figuraba como candidato a alcalde. Posteriormente, Correa Cuzco presentó su renuncia, situación que habría dejado vacante la candidatura a la alcaldía y abierto la posibilidad de que Cántaro, en caso de que la lista resulte ganadora y conforme a las reglas aplicables, pueda asumir el cargo desde su condición de primer regidor. Casualidad o fue con intención de bsucar la reelecion.

Este escenario ha sido cuestionado por sectores ciudadanos, que consideran que podría tratarse de una estrategia destinada a sortear las restricciones que alcanzan a las autoridades en ejercicio. Sin embargo, la eventual legalidad de esta fórmula deberá ser determinada por las autoridades electorales competentes y no únicamente por interpretaciones políticas.

CAMPAÑA COMO CANDIDATO A ALCALDE

Los cuestionamientos se intensificaron debido a la existencia de pintas, paneles, afiches y publicaciones en redes sociales en las que aparece la imagen de Cántaro acompañada de mensajes que lo identifican como candidato a alcalde de Carhuaz.

Entre el material difundido figura el mensaje “CARLOS CÁNTARO VUELVE POR MÁS OBRAS – CANDIDATO A ALCALDE DE CARHUAZ”, además de expresiones como “lo bueno debe continuar” y llamados a marcar una determinada opción en las elecciones del próximo 4 de octubre.

La difusión de este contenido cobra especial relevancia porque Cántaro continúa ejerciendo como alcalde provincial. En ese contexto, los actos de promoción política atribuidos a una autoridad en funciones podrían ser materia de evaluación por los órganos electorales, particularmente bajo las disposiciones que regulan el principio de neutralidad durante el proceso electoral.

¿FRAUDE A LA LEY O MECANISMO PERMITIDO?

La controversia central radica en determinar si la inscripción como primer regidor y la posterior renuncia del candidato a alcalde constituyen un mecanismo permitido por la legislación electoral o si, por el contrario, podrían configurar una utilización indebida de las normas para alcanzar indirectamente una candidatura que tendría restricciones bajo otras circunstancias.

La sola renuncia de un candidato no determina, por sí misma, que exista fraude a la ley. Para establecer una eventual infracción será necesario analizar la normativa electoral aplicable, las resoluciones emitidas por los órganos electorales y las circunstancias concretas de la inscripción y posterior campaña.

Por ello, cualquier pedido de exclusión, tacha o denuncia deberá ser evaluado y resuelto por el Jurado Electoral Especial y, eventualmente, por el Jurado Nacional de Elecciones.

NEUTRALIDAD ELECTORAL, OTRO PUNTO BAJO CUESTIONAMIENTO

El segundo frente de controversia está relacionado con la conducta del alcalde en ejercicio. La difusión de propaganda política utilizando su imagen y la promoción de una eventual continuidad en el gobierno municipal podrían ser sometidas a fiscalización para determinar si se vulneraron las reglas de neutralidad electoral.

La normativa electoral establece restricciones para que las autoridades públicas no utilicen su posición, recursos o funciones para favorecer una candidatura, organización política o determinada opción electoral.

En ese sentido, corresponderá a los órganos competentes determinar si las publicaciones, pintas, paneles y demás elementos atribuidos al alcalde constituyen propaganda electoral prohibida o si se encuentran dentro de los límites permitidos por la normativa.

ANTECEDENTES CONSIGNADOS EN SU HOJA DE VIDA

Otro elemento que ha llamado la atención es la información consignada en la hoja de vida electoral de Cántaro, donde figurarían antecedentes relacionados con procesos judiciales por falsa declaración y violencia familiar.

Estos datos, sin embargo, deben ser diferenciados de una eventual condena que produzca impedimento electoral. La existencia de antecedentes judiciales o sentencias debe ser analizada conforme a su naturaleza, firmeza, efectos jurídicos y a las disposiciones específicas que regulan la inscripción de candidaturas.

ORGANIZACIONES CIUDADANAS EVALÚAN ACCIONES

Ante la difusión de las imágenes y publicaciones, sectores ciudadanos y representantes políticos de Carhuaz estarían evaluando presentar denuncias y solicitudes de fiscalización ante el Jurado Electoral Especial.

El caso plantea una interrogante que deberá ser esclarecida por las autoridades electorales: si una autoridad municipal en ejercicio puede promover públicamente su imagen como candidato a alcalde cuando formalmente figura como primer regidor de una lista y si las circunstancias de su inscripción y campaña respetan las reglas de neutralidad y participación electoral.

Mientras tanto, el expediente permanece bajo escrutinio público y cualquier eventual sanción, exclusión o declaración de ilegalidad deberá provenir de una decisión formal de los organismos electorales competentes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *